jueves, 30 de abril de 2015

Elecciones Sindicales en Eulen Seguridad Castellon.

En el día de ayer, se celebraron las elecciones sindicales en la empresa Eulen Seguridad de Castellón, obteniendo la FeS UGT los tres Delegados de Personal.

Con este resultado, FeS UGT es la primera fuerza sindical en toda la Comunidad Valenciana en la empresa Eulen Seguridad, gracias al trabajo de muchos compañeros/as que han decidido con su voto, y con su apoyo, que sea UGT la que defienda sus intereses laborales.
Como no puede ser de otra manera, desde el Equipo de Dirección Sectorial Estatal de Seguridad Privada de FeS UGT, os trasladamos nuestra enhorabuena a todos/as por vuestra magnifica labor.
 

viernes, 17 de abril de 2015

Denuncia por intrusismo e Incumplimiento de la Ley de Seguridad Privada y el Reglamento que la desarrolla, en las instalaciones de Heineken España de, Valencia, Madrid, Jaén y Sevilla.


El pasado diez de marzo de 2015, La dirección Sectorial Estatal de Seguridad Privada de la Federación de Servicios de UGT, Interpuso demanda por diversos incumplimiento en el servicio de Seguridad Privada de las Instalaciones de las Fabricas de Heineken España de, Valencia, Madrid, Jaén y Sevilla.

La denuncia se puso en la Dirección General de la Policía Nacional en Madrid, a continuación podéis descargárosla desde el enlace siguiente:
Para Descargar la denuncia pincha Aqui.

jueves, 16 de abril de 2015

Recientemente, el Tribunal Supremo en una de sus Sentencias, eleva el importe de la indemnización por despido ( según la reforma laboral del 2012 ) .

Antes de la reforma el tope era de 42 mensualidades de salario ,después de esta el tope es de 24 mensualidades .
 
En los despidos tras la reforma laboral ( 2012 ) los topes eran los siguientes : 
 
1.- Si a 12/02/2012 el trabajador ya había llegado a 42 mensualidades de indemnización ese sería su tope.

2.- Si a 12/02/2012 el trabajador no había llegado a 42 mensualidades pero si supera las 24 mensualidades (720 días ) , por ejemplo llega a 800 días ( 26.6 mensualidades ) , la empresa solo tendría que pagar al trabajador 800 días aunque le despidieran mucho después.

3.- Si a 12/02/2012 no supera los 720 días ( 24 mensualidades ) su tope sería ese mismo.

Por ello , esta sentencia se refiere a ese 2º supuesto, o sea que YA NO SE QUEDA CONGELADA la indemnización por despido improcedente en los trabajadores que hayan sido contratados antes del 12/02/1996 ( estos tendrían más de 16 años de antigüedad a fecha 12/02/2012 Reforma laboral ) . Esta Sentencia viene a decir que el tope de la indemnización de despido improcedente ha vuelto a ser el mismo que antes de la reforma laboral del 2012, PARA TODOS LOS TRABAJADORES CUYA FECHA DE ANTIGÜEDAD SEA ANTERIOR AL 12/02/1996 INCLUSIVE. 

A pesar de ello , no quiere esto decir que la indemnización (o sea el dinero contante y sonante ) vaya a ser el mismo, ya que antes de la reforma se generaban 45 días por año y después de la reforma pasa a 33.

LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA ES CONSIDERADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO COMO DERECHO EXPECTANTE

El pasado 02/02/2015 , el Tribunal Supremo en una Sentencia de Casación dejo claro el derecho expectante de un trabajador a reincorporarse en la empresa despues de una excedencia voluntaria.
 
Dicho trabajador , denuncio que una vez que finalizo el tiempo de su excedencia voluntaria la empresa no le incorporó a pesar de que dentro de esta, se produjo un cambio del contrato de trabajo de parcial a tiempo completo. Tanto en el Juzgado de lo Social como en el Tribunal Superior de Justicia, desestimaron su demanda , pero el TS, en Casación determinó, que incluso el cambiar el contrato de trabajo de parcial  a tiempo completo de un trabajador en la empresa , cubriendo así el puesto de trabajo del que pidió la excedencia ( y después su reincorporación ) , da lugar a que la empresa tiene la obligación de reconocer un derecho expectante a dicho trabajador , a la vez que dicha Sentencia también estima de este debe de ser indemnizado por el importe de los salarios dejados de percibir.